PROYECTO DE LEY DE PROTECCION ¿O DESPROTECCION? ANIMAL
Sabía usted que hoy en Chile, según la legislación vigente ( artíc. 291 bis del Código Penal), el maltrato y crueldad hacia un animal es un DELITO castigado con CARCEL y, o multas desde aprox. $75.000 a $750.000 pesos?
Sabía usted que se derogó el artículo 291 bis del Código penal, sin antes haber aprobado los artículos relativos a sanciones que reemplazarían las sanciones derogadas ( artículos que además eran de difícil aprobación por requerir un quórum especial, es decir no podían ser aprobados por la simple mayoría sino que requerían de la aprobación de los cuatro séptimos de diputados y senadores en ejercicio, por tratarse de una modificación en la organización y atribuciones de los tribunales de justicia),. Lo que en la práctica significa que el Proyecto de ley de Protección Animal podría ser aprobado sin sanción alguna y eliminando las que hoy existen, dejando en la más grande impunidad jamás existida, a los actos de maltrato y crueldad animal??
Sabía usted que de lograrse reponer las sanciones al Proyecto de Ley de Protección Animal en trámite igualmente éstas rebajarían el carácter de delito a las acciones de maltrato y crueldad hacia un animal a una simple FALTA, además de no contemplar el presidio como sanción y de disminuir notoriamente las multas ( entre $29.000 y $290.000 aprox.), las que además pueden ser reemplazadas con trabajo comunitario? Esto en la práctica significaría que hechos aberrantes, como quemar a un animal vivo ( hecho que ha sucedido), podría ser condenado a simplemente la pintura de un muro.
Sabía usted que el Proyecto de Ley de Protección Animal en trámite excluye de su ámbito las acciones de la autoridad sanitaria, lo que permitiría en la práctica el uso de sustancias dolorosas como la estricnina, ( sustancias hoy sancionadas) en la exterminación de perros vagos , por ejemplo?
Sabía usted que el Proyecto de Ley de Protección Animal en trámite deja, casi inexplicablemente, sin sanciones a entidades ( en las que frecuentemente se realizan maltratos hacia animales) como circos, parques zoológicos y otros lugares destinados al espectáculo o exhibición de animales, laboratorios de diagnóstico veterinario, establecimientos destinados a la producción industrial de animales y sus productos, locales comerciales establecidos para la compraventa de animales. También deja sin sanciones a actividades como, el beneficio y sacrificio de animales, el transporte de ganado, experimentaciones realizadas en la Educación Básica, Media y Superior.

